El Reglamento General de Vehículos Automóviles dice en el apartado a) de su art 48 entre otros:
- Camiones, vehículos articulados, tractocamiones, FURGONES y... circularán como máximo en autopistas y autovías a 90 km/h
Según el tipo de ambulancias (A1, A2, B y C)
Velocidad máxima en Ambulancias A1
En su ficha técnica en el apartado J (categoría del vehículo) debe aparecer M1. Esto significa que tiene la consideración de turismo y su velocidad máxima es de 120 Km/h
Límite de velocidad en Ambulancias A2
Diferenciamos dos tipos de fichas técnicas:
1- Las antiguas (color verde): En el apartado Clasificación del Vehículo si pone código 3100 (vehículo mixto adaptado) su velocidad máxima será 100 km/h
Si en la parte inferior destinada a anotar las reformas autorizadas aparece vehículo transformado a turismo ambulancia con nueva clasificación 10.43 significa que está catalogada como turismo y la velocidad máxima es de 120 km/h (el numero 10 significa turismo).
2- Las actuales (color azul): Apartado J debe aparecer N1 (significa que está considerado como un furgón cuya velocidad máxima es 90 km/h)
Ambulancias asistenciales B y C
En su ficha técnica en la parte superior (Clasificación del vehículo) el código 2443 Furgón/furgoneta Ambulancia o 2400 Furgón sin especificar y en la parte inferior en el espacio destinado a anotar las reformas autorizadas, si aparece Clasificación 2443 su velocidad máxima es de 90 km/h.
Solo en el tipo de ambulancias B y C gozamos de un tratamiento especial si circulamos en servicio urgente debidamente señalizado donde la velocidad máxima permitida es de 120 km/h.
En Urgedesa ofrecemos un servicio de alquiles de ambulancias privadas tanto en Almería como para cualquier parte de España. No dudes en ponerte en contacto con nosotros.
8 Comentarios